Entrevista Imaginaria: Al Maestro Luis Beltrán Prieto Figueroa
Fecha de realización: 25 de agosto de 2009
Elaborado por el Grupo no asistido Amigos Robinsonianos: Flora Arteaga, Margarita Maurera y Francys Rojas.
A propósito de la nueva Ley Orgánica de Educación promulgada por la Asamblea Nacional en agosto de 2009, el Grupo no Asistido Amigos Robinsonianos (GAAR), procedió a buscar la opinión de uno de los más destacados educadores venezolanos, quien desempeñó cargos como Ministro de Educación y elaboró en el pasado instrumentos pedagógicos y jurídicos fundamentales, como es el maestro Luis Beltrán Prieto Figueroa (LBPF).
Para contactar al maestro Prieto F. acudimos previa cita a su humilde oficina, ubicada en el edificio Catuche, piso 16 de parque central en la ciudad de Caracas, donde fuimos recibidos gentilmente por él, para sostener una amena y enriquecedora entrevista; luego de su llegada de un lugar muy lejano de donde solo es capaz de hacerse visible en este mundo un espíritu tan elevado, como la de este educador quien continúa escribiendo páginas en la historia venezolana.
A las 9 a.m. tal como habíamos acordado entró el maestro a su oficina, trajeado con sencillez, dando los buenos días y saludando a quienes los esperábamos. Su elevada estatura y su aspecto físico corpulento, contrasta con su hablar suave, pausado y verbo educado. Como buen maestro, político, abogado, poeta, periodista, orientador y analista respondió de manera clara y con una alta capacidad reflexiva a cada una de las preguntas que les fueron formuladas. A continuación tomó su silla y se sentó alrededor de nosotros, y brindándonos un sabroso café, iniciamos la entrevista:
GAAR: ¿Cree usted necesaria una nueva Ley Orgánica de Educación en Venezuela?
LBPF: Definitivamente si, porque la educación debe adaptarse a los cambios que surgen en la sociedad, por lo tanto las leyes deben formularse en función de contribuir a dichos cambios. La educación debe ser abierta, única, cuya función integral se encuentre perfectamente articulada desde la Educación inicial hasta la Educación Superior, en donde los valores y los principios de cooperatividad, solidaridad y compromiso permitan el desarrollo de mente, mano, corazón y espíritu. Ello significa que la gente llegue a la comprensión de sus propios problemas para que pueda resolverlos, porque ha sido mi ideario de que “hay que darle los instrumentos al hombre, para que sean artífices de la construcción de la sociedad”(1977).
GAAR: Usted habla de darle instrumentos al hombre, entonces Maestro, usted ¿estaría de acuerdo con el rol que desempeñarán los Consejos Comunales establecidos en los arts. 18 y 19, señalados en la nueva Ley de Educación?
LBPF: No, por el contrario pienso que es la Comunidad Educativa la que está facultada para cumplir roles tan importantes como son, los de evaluación y supervisión contando como ha sido siempre con los instrumentos y orientaciones emanadas por el Estado. Este es un aspecto muy delicado en la nueva Ley, porque aún no está claro cómo ciudadanos que desconocen y no tienen conocimientos, ni experiencias en materia educativa serán preparados para orientar y evaluar a nuestros maestros. Esto acaba con el concepto y la función del Magisterio. De todos modos les sugiero a todos los educadores de Venezuela, estar atentos a la reglamentación de la Ley la cual aún no ha sido formulada.
GAAR: ¿Cuál diría usted, según su experiencia como educador y abogado, son los aspectos positivos de la nueva Ley Orgánica de Educación?
LBPF: Un aspecto de gran importancia es el consagrado en el artículo 5, el cual se refiere al Estado Docente, siendo el Estado de manera expresa, el rector de la Educación, en cumplimiento de su función indeclinable y de máximo interés como derecho humano universal y deber social fundamental. Otro aspecto que considero relevante es el establecido en el art. 49, en cuanto al incremento de la jornada de escolaridad a 200 días hábiles de clase, ya que el niño tendrá más tiempo para desarrollar y afianzar las competencias, habilidades y destrezas de un nivel escolar determinado y los maestros aprovechando este tiempo “deben conceder prioridad a las actividades de lectura y escritura, otorgándole un espacio especial dentro del proceso pedagógico”(1948). Otro aspecto fundamental es el contenido del art. 17, en cuanto a la corresponsabilidad de la familia en la educación, donde se instituye que la familia tiene el deber, el derecho y la responsabilidad en la formación de valores, principios, creencias, actitudes y hábitos en los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos. Esto es sumamente importante ya que en la familia se inicia “ la educación espontánea, cuya naturaleza es inherente a la responsabilidad de la familia y a la educación dirigida como cohesionador cultural de la nación, cuya responsabilidad máxima es del Estado Nación”(1948). Lo que pasa es que los medios de comunicación, han mal interpretado el rol que debe desempeñar la familia, que ahora establece la nueva Ley.
GAAR: Permítanos desviarnos un poco del tema educativo, Entonces, ¿piensa usted que los medios de comunicación pueden ser peligrosos para la estabilidad de los gobiernos?
LBPF: No, por el contrario los medios de comunicación son necesarios en una sociedad verdaderamente participativa y democrática. Por eso puse empeño durante mi gestión como Ministro de Educación en la creación de la Radio Cultural, la Radio Nacional, como instrumento para la libre discusión de las ideas.
GAAR: Retomando el tema que nos ocupa Maestro, el art. 34 de la nueva Ley de Educación, plantea restricciones a la libertad de pensamiento en la educación universitaria, señalando que solo aquellas instituciones a la que el Estado les reconozca autonomía podrán gozar de libertad intelectual. ¿Nos podría dar su opinión al respecto?
LBPF: He leído este artículo con especial atención y puedo afirmar como jurista que ante las diferentes interpretaciones del mismo, es necesario su reformulación. El estado y quienes me conocen saben que es así debe “intervenir, por derecho propio en la organización de la educación del país, y orientar, según su doctrina política, esa educación”(1947); no obstante no debe confundirse estas orientaciones con que el Estado es el único dueño de la verdad y capaz de cercar la libertad intelectual.
GAAR: Usted se refirió al Estado Docente, estipulado en el artículo 5 de la nueva ley Orgánica de Educación; ¿ podría aclararnos este concepto el cual ha sido controversial para algunos opositores a la ley?
LBPF: La Educación tiene una función eminentemente pública, y por ello es responsabilidad fundamental del Estado Nación. Esto no puede confundirse con el adoctrinamiento político ni con el irrespeto y la intolerancia a la diversidad cultural, religiosa y política de nuestros pobladores, "...en el Estado democrático, como quien manda teóricamente es la totalidad del pueblo que fija las normas generales de dirección del Estado, la educación no puede ser, no debe ser la expresión de la doctrina política de un partido..." (1977). Ahora bien, si es El Estado docente el responsable de garantizar la igualdad de oportunidades de formación y de la posterior inserción a la actividad laboral y posibilidades de ascenso en la estratificación social en una sociedad claramente injusta y desigual, en donde si se dejara la educación en manos de los privados solo seguirían teniendo derecho a la misma un sector privilegiado y se mantendría el status quo.
GAAR: En este sentido, ¿está Ud. en contra de la Educación Privada y religiosa?
LBPF: Esta posición en defensa del Estado Docente no niega la participación privada y / o religiosa, siempre y cuando esté adscrita a los principios generales que le corresponden dirigir al Estado y cónsono al respeto y a los valores de la sociedad venezolana: "La educación privada es una forma de colaboración dentro de la función docente que corresponde al Estado. Se trata del ejercicio de una función pública delegada, ejercida dentro de las normas fijadas por el Estado. De otra manera no podría explicarse. Como colaboradora no está en capacidad de dar o de crear las normas de su ejercicio, porque no se trata de un contrato bilateral…"(1977). En cuanto a la educación religiosa, fui uno de los máximos defensores de la libertad de culto y de la educación, tal como lo manifesté durante las discusiones de la Constitución de 1947 y en la Ley de Educación de 1948, lo cual restringía el predominio del catolicismo y por ello tuve duros enfrentamientos en ese momento.
GAAR: Nos gustaría referirnos a otro de los artículos de la nueva ley que también ha sido de gran polémica, como lo es el artículo 12, el cual expresa la propagación de propaganda partidista en las instituciones y centros educativos; sin embargo en su última línea habla de que puede haber excepciones que pueden ser establecidas en leyes especiales y sus reglamentos. ¿Cuál es su opinión al respecto?
LBPF: Ningún Estado Nación puede permitir que cada escuela, cada maestro, cada alumno enseñe y aprenda lo que mejor le parece o a aquello que puede responder solamente a intereses particulares. Entonces, El Estado Docente, no puede permitir la propagación de hábitos o ideologías que afecten dañinamente al colectivo, que impidan su cohesión produciendo rivalidades y enfrentamientos. “… la educación no puede ser, no debe ser la expresión de la doctrina política de un partido..." (1977).
En este sentido, no entiendo a que excepciones se puede referir la ley, tendremos en este aspecto que esperar la reglamentación respectiva.
GAAR: Para finalizar esta entrevista, sabemos que cuando usted se desempeñó como ministro de Educación, la comisión técnica del Ministerio en esa época, envió a los Diarios, Escuelas, Universidades y a otros factores vinculados, una encuesta para saber la opinión de los maestros y ciudadanos en general, sobre la ley vigente y la próxima a redactarse. ¿Considera usted que la nueva ley de Educación recientemente aprobada fue ampliamente consultada en la sociedad?
LBPF: Cuando se trata de aspectos tan importantes en la Sociedad como lo es la Educación y la Salud, mientras más amplia sea la consulta y las opiniones de los diferentes actores sociales, mayor será su aceptación. En este sentido, a pesar de que el Ministerio del Poder Popular para la Educación realizó consultas, considero que no fueron suficientes. Así mismo algunas consideraciones importantes que se realizaron al proyecto inicial, no fueron tomadas en cuenta. De allí la molestia de algunos ciudadanos que ven la nueva Ley como una amenaza para la Educación. Cuando fui ministro consideré la encuesta una manera de saber la opinión de “una materia tan delicada y trascendental como la Ley de Educación, ya que la misma no puede abordarse desde puntos de vista unilaterales ni estudiarse dentro de una torre de marfil de aislacionismo sectario o pedante... También es necesario entender que no está cumplido el deber fundamental con el simple hecho de pedir la opinión ajena… Sería una simple farsa si no se llegara a la otra etapa que es la verdaderamente importante, de atender las sugerencias que se hagan, de no echar en cesto de los papeles las respuestas que se envían, de no despreciar la opinión que exprese el pensamiento ajeno…”(1948). Considero que hoy en día con los recursos y avances tecnológicos presentes, es aún más fácil realizar una amplia consulta popular.
GAAR: Una reflexión final Maestro.
LBPF: Recordarle a todos los Educadores la necesidad de formar una conciencia unitaria en el Magisterio, lo cual significa “crear ideales comunes, porque solamente con ideales comunes se forja una Patria, y los maestros deben ser los primeros forjadores de la conciencia nacional. No puede hacerse patria cuando los maestros, encargados de forjar en la conciencia de los niños el sentimiento de la nacionalidad, están en desacuerdo con lo esa nacionalidad significa y con lo que deben ser el destino futuro de la nación”(1948), de allí la importancia de una discusión amplia del tema y de mis ideas acerca de la importancia de motivar a los docentes en la educación permanente.
Consideración Final
Las ideas del Maestro Luis Beltrán Prieto Figueroa en la construcción de una propuesta de Educación Popular se encuentran presente en todo su legado. Este consideraba a la Educación como un fenómeno colectivo, regido por normas establecidas por un grupo social, expresado por la totalidad, siendo el Estado el que determina, a través de sus directrices y orientación, los medios para satisfacerla. Para Prieto Figueroa, el Estado docente es el responsable de garantizar la igualdad de oportunidades de formación y de la posterior inserción a la actividad laboral y posibilidades de ascenso en la estratificación social. De este planteamiento se desprende la idea de que a través de la Educación se debe formar al nuevo republicano y a la nueva republicana, haciendo énfasis en un contexto humanístico y acorde con un contexto social específico. Con la nueva Ley Orgánica de Educación se transita hacia la construcción del modelo de la nueva República, donde el Estado, tal como lo establece Prieto Figueroa en su ideario, ejerce la acción Rectora (Estado Docente). En este sentido, la Educación deberá ser la respuesta a la transformación que todos los venezolanos y venezolanas aspiramos para la búsqueda de fórmulas que contribuyan a la solución de los problemas
Referencias Bibliográficas
Para la realización de esta entrevista imaginaria se consultaron múltiples fuentes, cotejando información de entrevistas reales, con información documental de sus libros, arrojando un mejor acceso a la conformación del pensamiento político educativo de este ilustre venezolano del siglo XX. Fueron consultados:
Colegio de Licenciados en Educación de Venezuela (1999). Paradigmas Sistemas Educativos de Hoy. Entrevista Imaginada a Prieto Figueroa. Caracas: Fondo Editorial Inpreslev.
Imber, S y Rangel, C (1976). Entrevista a Prieto Figueroa en el Programa Lo de Hoy. Vía Internet.
Ley Orgánica de Educación (2009). Gaceta Oficial nro.5929. Extraordinario del 15 de agosto de 2009.
Ministerio del Poder Popular para la Educación (2007). Diseño Curricular del Sistema Educativo Bolivariano. Caracas: Fundación Ministerio de la Cultura.
Pradas, M. (2006). Prieto Figueroa y el Estado Docente. Diario el Impulso.
Prieto Figueroa, L (1977). El Estado y la Educación en América Latina. Caracas: Monte Ávila Editores.
Prieto Figueroa, L (1985).Principios Generales de la Educación. Caracas: Monte Ávila Editores.
Prieto Figueroa, L (2006). El Estado Docente. Caracas: Ediciones Fundación Biblioteca Ayacucho.
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